{"id":11689,"date":"2013-02-25T10:03:04","date_gmt":"2013-02-25T09:03:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.rosello-mallol.com\/menores-y-proteccion-de-datos\/"},"modified":"2023-03-30T09:59:31","modified_gmt":"2023-03-30T08:59:31","slug":"menores-y-proteccion-de-datos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.rosello-mallol.com\/es\/menores-y-proteccion-de-datos\/","title":{"rendered":"Menores y Protecci\u00f3n de Datos"},"content":{"rendered":"\n

Seg\u00fan un estudio realizado por la ONGs ACPI<\/strong> (Acci\u00f3n Contra la Pornograf\u00eda Infantil), y protegeles.com, los menores de edad y su protecci\u00f3n de datos son uno de los colectivos m\u00e1s vulnerables ante los fraudes y da\u00f1os morales derivados del uso incorrecto de Internet.<\/p>\n\n\n\n

A continuaci\u00f3n facilitamos algunas cifras significativas<\/strong> de los accesos realizados por menores de 18 a\u00f1os a p\u00e1ginas web, obtenidas de un estudio realizado a trav\u00e9s de 4000 encuestas a menores entre 10 y 17 a\u00f1os, las conclusiones son las siguientes:<\/p>\n\n\n\n

– Un 36% accede a Internet desde cibercentros<\/strong>, un 44% desde casa de un amigo\/a, y un 18% desde su centro escolar como primera o segunda opci\u00f3n. Este dato se traduce en que a la hora del acceso a Internet por parte de los menores, \u00e9stos prefieren no realizarlo bajo control de los padres u otro tipo de tutela responsable.<\/p>\n\n\n\n

– Un 28% de menores accede a p\u00e1ginas pornogr\u00e1ficas<\/strong>, un 38% a p\u00e1ginas de violencia y un 16% a p\u00e1ginas de contenido racista y\/o xen\u00f3fobo. La preferencia tem\u00e1tica de los menores a la hora del acceso a p\u00e1ginas web no es la ideal.<\/p>\n\n\n\n

– Un 47% de menores ha facilitado su n\u00famero de tel\u00e9fono<\/strong>, un 16% su direcci\u00f3n, y un 14.5% ha concertado alguna cita presencial con un desconocido. Un porcentaje considerable de menores no son conscientes de la importancia de la privacidad<\/strong> de sus datos personales.<\/p>\n\n\n\n

Este tipo de conductas unidas a la regulaci\u00f3n sobre el consentimiento de los menores de edad dispuesta en el Art. 13 del Real Decreto 1720\/2007<\/strong><\/a>, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Org\u00e1nica 15\/1999, de 13 de diciembre, de protecci\u00f3n de datos de car\u00e1cter personal (RLOPD), hacen urgentes y necesarias campa\u00f1as de formaci\u00f3n e informaci\u00f3n a menores de edad escolar sobre las normas b\u00e1sicas de seguridad para el acceso a Internet.<\/p>\n\n\n\n

Las pr\u00e1cticas m\u00e1s frecuentemente denunciadas, que incumben a menores, dentro de la red se encuentran el grooming, sexting, ciberbullying o ciberacoso, y el bubbling (este \u00faltimo no tipificado como delito).<\/p>\n\n\n\n

Con el objeto de promover iniciativas en esta materia le informamos de que en la p\u00e1gina web de la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos, pueden encontrar gu\u00edas de recomendaciones en este sentido, y que tambi\u00e9n existen p\u00e1ginas en las que podemos encontrar contenidos que ser\u00e1n de inter\u00e9s y utilidad.<\/p>\n\n\n\n

Si tienes dudas sobre este o cualquier otro tema, \u00a1no dudes en contactarnos<\/a><\/strong>!<\/p>\n\n\n\n

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