Nuevo acuerdo para la transferencia de datos entre Estados Unidos y Europa
El pasado 11 de julio fue un día histórico y muy importante para el sector de la protección de datos, puesto que la Comisión Europea adoptó la decisión de adecuación que permite la transferencia de datos entre Estados Unidos y Europa.
Transferencia de datos entre Estados Unidos y Europa: ¿de qué se trata y qué supone?
Se trata de un acuerdo bilateral que habilita la transferencia de datos personales a proveedores o entidades ubicadas en Estados Unidos desde Europa. Esto significa que, a partir de ese momento, se considera que estas transferencias de datos a EE.UU. ya tienen un nivel de protección equiparable a las que se realizan entre estados miembros de la Unión Europea, lo que supone un gran paso para garantizar la seguridad de los datos que circulan.
Con este acuerdo adoptado, se da respuesta y se soluciona algunas de las preocupaciones planteadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), provocando la revocación de antiguos acuerdos, como el Privacy Shield, que explicaremos posteriormente.
Estas preocupaciones solucionadas son:
- Limitación del acceso a los datos por parte de los servicios de inteligencia de Estados Unidos a lo «estrictamente necesario y proporcionado».
- La habilitación de diversas vías de recurso para los ciudadanos europeos en caso de que sus datos sean tratados indebidamente por parte de empresas estadounidenses.
A la tercera va la vencida… o no.
Es la tercera vez que se intenta implementar un marco legal entre EE.UU. y la UE, primero con Safe Harbor y después con el conocido Privacy Shield.
Parecía pues que, a la tercera iba la vencida y que con este acuerdo se ponía fin a una situación de provisionalidad existente desde hace 3 años, cuando el TJUE anuló al ya mencionado Privacy Shield, tumbado por «no ofrecer la suficiente garantía de protección de acuerdo con la regulación de la Unión Europea», en gran parte por el hecho de que, en Estados Unidos, no existe una ley federal que regule la gestión de los datos, lo que hace que los servicios de inteligencia estadounidenses (como la CIA, el FBI o la Agencia de Seguridad Nacional) puedan revisar dichos datos cuando lo consideren adecuado para casos de seguridad nacional, hecho que aquí en Europa está prohibido.
Ahora bien, Noyb, una organización dirigida por el austríaco Max Schrems que lucha por el derecho a la privacidad de las personas y que ya logró llevar al tribunal y tumbar las dos resoluciones anteriores, anuncia que volverá a enviar este acuerdo al tribunal en «unos pocos meses» porque consideran que «es una copia del Privacy Shield y que hay pocos cambios, sobre todo en la legislación americana».
Habrá que seguir pues la probable futura demanda entregada al TJUE y a la posterior decisión del Tribunal Europeo. Continuaremos atentos a este proceso judicial por sí, por fin, y como dice el refrán, a la tercera va la vencida.
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